PL 002 de 2025 Senado
El artículo aditivo
Texto aprobado por la plenaria del Senado e incorporado al PL 002 de 2025 Senado.
Texto literal del artículo aditivo
«[TEXTO LITERAL DEL ARTÍCULO ADITIVO — copiar exactamente desde la gaceta o el texto aprobado en plenaria]»
- Autora
- Senadora Esmeralda Hernández
- Aprobado en plenaria del Senado
- 13 de octubre de 2026
- Proyecto
- PL 002 de 2025 Senado — reproducción, cría y comercialización de animales de compañía
¿Qué dice, en palabras sencillas?
Prohíbe la reproducción, la cría y la comercialización de animales de compañía en todo el territorio nacional, tres años después de que la ley entre en vigencia.
¿A quién aplica?
A toda persona en Colombia, sin excepciones:
- Hogares y familias.
- Fundaciones y refugios.
- Fuerzas Militares y Policía Nacional (perros de detección, rescate y seguridad).
- Fundaciones de perros de asistencia y de servicio médico (guía, alerta, apoyo).
- Reproductores responsables y preservadores de raza, tiendas y toda la cadena productiva.
A todas las especies de compañía
El artículo 3 del proyecto define los animales de compañía «como los perros y los gatos, entre otros». La prohibición no se limita a perros y gatos.
Nuestra posición
La ZooGremial- Sociedad Proanimal de Colombia pide eliminar por completo el artículo aditivo y propone modificaciones de fondo a los demás artículos para lograr una regulación técnica, verificable y aplicable.
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